MOVIMIENTO MACROREGIONAL DEL CUSCO
PROYECTO PUEBLO
Construyendo una alternativa desde el pueblo

viernes, 24 de octubre de 2008

MAS PROPUESTAS DE IDEARIO Y ESTATUTO

ESTATUTO DEL MOVIMIENTO MACRO REGIONAL “PROYECTO PUEBLO”

IDEARIO

SOMOS PARTE DE LA GRAN NACION SUDAMERICANA

El hombre peruano, como el latinoamericano, no siempre ha vivido de inversiones extranjeras para aumentar sus niveles de vida. No siempre ha trabajado para amasar poder para otros: antes fue conquistador, descubridor, inventor, protagonista de grandes cambios de la economía y la sociedad, fue uno de los impulsores de la primera revolución agrícola, hace 12,000 años en la Cueva del Guitarrero en Ancash. Los peruanos han liderado enormes megaproyectos: red de caminos desde el Argentina hasta Colombia; construcción de palacios, pirámides, templos; organización y edificación de andenes para mejorar y ampliar las fronteras agrícolas; mejoramiento genéticos de plantas; diseño y cimentación de sistemas de irrigación intervalles, etc.


Supo mantener y proyectar liderazgo, iniciativa, capacidad de gestión y consolidar planes. A los ojos del postcapitalismo, endosan asombro puro, ¿Cómo los mayas, aztecas, incas, chibchas, valdivias, lograron semejante proezas sin los insumos, recursos que se cuentan ahora; “sin la ciencia y tecnología”? La respuesta de arqueólogos e historiadores es esclarecedora y rotunda: lograron obras extraordinarias, fruto del trabajo conjunto, gracias a la ley de reciprocidad. El hombre actual sintiéndose incapaz solicita la presencia del empresariado transnacional, declarándose implícitamente inepto para generar desarrollo. Estamos afirmando la ineficacia del Estado, del capitalismo “nacional” de forjar una economía burguesa y sapiencia para negociar con ventaja. Más de cinco siglos de explotación y oprobio ha servido para arrebatar el liderazgo innato, el espíritu emprendedor y creador; habiendo recortado su decisión independiente y libertad de acción.


Hace 5,000 años el hombre peruano, trasladaba de las orillas del mar ecuatorial cargamentos de spondilus, para las ceremonias mágico religiosas. Aprendió extraer éste simbólico marisco, desde lugares apartados y luego propiciaría el inicio de un gran ruta comercial. Una embarcación Chincha, fue abordada por el piloto español Bartolomé Ruiz cuando realizaba una misión de reconocimiento. La captura de la balsa, produjo el saqueo de una cantidad de textiles, así como objetos de cerámica y de las ambicionadas piezas de metal. Hecho, que da fe del comercio en dimensiones multinacionales. Los chinchas, abrieron dos rutas comerciales una marítima y otro terrestre, comercializando por el norte por las costas del Ecuador y por el sur se trasladaron por las actuales regiones de Ayacucho, Huancavelica, Arequipa, Cuzco, Puno y Chile. Los chinchas mantenían un comercio internacional sin hipotecas, con los actuales repúblicas de Ecuador, Bolivia y Chile.


El hombre fue capaz de gestar, construir, producir y comercializar en forma independiente y diríamos en la jerga postmoderna con calidad, equidad, excelencia y pertinencia. Hay quienes han afirmado que llegaron a la Calidad Total, habiendo logrado que hombres como mujeres vivieran con niveles de vida dignos y sin desocupados. No esperaron la mano extraña, dadivosa y mágica de la inversión extranjera para reflotar o inyectar productividad. Nuestros ancestros donde encontraron adversidad crearon ingeniosas formulas para seguir construyendo, produciendo y comercializando.


La autonomía y la cooperación recíproca fueron la columna vertebral de la economía de pueblos y naciones de las culturas autóctonas; interrumpidas a partir de la llegada de los invasores occidentales. La economía colonial condujo al pueblo a las mitas mineras. Basados en un sistema económico mercantil, privilegiando la extracción de los metales dejando a la borda el legado histórico agrícola, ganadero y diezmaron la población que se calcula en el Tahuantinsuyo diez millones. Las relaciones de producción cambiaron abruptamente pasando de la ayuda mutua al individualismo exultante; de la propiedad colectiva, cooperativa hacia una propiedad privada, excluyente y perversa. Patrón económico extractivo, privatista y dependiente que se acentuaría después con las independencias y repúblicas criollas latinoamericanas.


Se han trazado muchos proyectos nacionales e “indoamericanos” para salir de éste estigma, adormecimiento y el peso de una psicología colectiva de inferioridad. Proyectos que han ido decayendo, al no sintonizar con la conciencia colectiva de un pueblo ávido de superación con independencia, dignidad en base al trabajo familiar, cooperativo, recíproco y resistiéndose a abandonar sus raíces culturales.



Por todo ello, la historia de los pueblos no solo corresponde a Inkas, Araucanos, Chiriguanos, kangaseiros, Chipchas, Mayas, Aztecas o gauchos sino a todo cuanto pueblo ha existido en nuestra América, La injerencia extranjera en lugar de brindar aportes en los diferentes campos del conocimiento y la ciencia solo vino como ahora a destruir, asaltar, cometer genocidios, cambiar los modos de producción naturales, si antes su obsesión era los metales amarillos y blancos, ahora es el comercio y el ingreso de capitales golondrinos, Si antes sus plantas de transformación se ubicaban en sus territorios ahora pretenden asentarlos en el nuestro de modo que la chatarra, relaves y cuanta basura y contaminación produzcan se quede en el territorio de la destrucción, para luego nuevamente migrar, cual sabandijas y virus para destruir nuevos territorios sudamericanos.


La fragmentación de nuestra América, en mucho de los casos nunca se debió a los intereses de los países que los habitan sino a intereses externos, los ejemplos siempre son elocuentes: Guerra del Perú con Chile, Guerra de Argentina con Inglaterra, Guerra de Bolivia con Paraguay, este tipo de agresiones, el nivel de desarrollo desigual de toda América, la constante agresión de EEUU, Europa, Asia, no solo comercialmente, sino en mucho de los casos financiando posibles futuros conflictos, deja en tapete, la única posible solución, LOGRAR LA UNIDAD DE SUDAMERICA, primero y luego con los países hispanohablantes de Centro América.


Las pretensiones norteamericanas de auto nominarse defensor de la “democracia”, “libertad”, “creencia libre”, los ha llevado a generar su podrida y genocida “guerra Preventiva”, sus intervenciones bajo el pretexto de “un terrorismo internacional” ha servido para instalar cohetería atómica en Afganistán o explotar arbitrariamente el petróleo en Irak y sobre todo estar cerca de los posibles nuevos puntos de conflicto del futuro, es decir LA MISERIA LA GUERRA Y LA DOMINACIÓN continúan siendo los ejes de la actuación de los tres jinetes del apocalipsis modernos (EEUU, Europa Oriente), ante tal circunstancia, no existe otra alternativa que construir la unidad sudamericana, y responder en cada uno de los campos a los enemigos de los pueblos y naciones de América.





UNA NUEVA REESTRUCTURACION DEL ESTADO

Desde el desarrollo de la primera reestructuración de la sociedad Inka 1438 (1) por parte del gran Pachakuteq, sobre la victoria de los “Chankas” y “Ayarmakas” automáticamente un nuevo territorio se configuró, abarcó desde Andahuaylas, por el oeste hasta los reinos de los Soras, por el Sureste Ayaviri en la región del Kollao, Por el norte incorpora Ollantaytambo, La amplitud territorial se constituyó por un conjunto de los valles productivos (de Vilcanota, Paucartambo, y Apurimac , a pesar del desorden inicial, finalmente se logra la Paz Interna, leyes y mandatos que rigieron hasta la llegada de los ibéricos. PACHAKUTEQ el "Valiente, guerrero y sabio", así inicio la dirección del que después seria la gran sociedad inka, entre todas las reformas desarrolladas se pueden constatarr las siguientes:

La construcción de los nuevos centros de control y religioso en Piedra.
La reforma de la tenencia de la tierra (2)
La forma del Trabajo obligatorio, y sobre la base de la división tripartita de las tierras.
La constitución de los Ayllus como base de la sociedad (3)
Dotó de agua canales de desagüe y andenes a los pueblos circundantes (4).
Reestructuró la ciudad, le dio la forma de puma, diseño calles edificios, y las cuatro grandes vías a los suyos, los Kapaqñan.
Hizo construir las “Qolkas" depósitos que se abastecían con el trabajo del pueblo, armas, ojotas, rota, chukos, etc.
Dentro de la Estrategia preventiva, selecciono a las mujeres más bellas y las educo en las Aqllawasis, para emparentarías a los descendientes de los reynos vecinos primer paso de la conquista.
Sistematizó e Introdujo variantes en el calendario agrícola en función de los tiempos o épocas (5).
Dividió el tiempo en años, meses (30 días), y semanas (10 días) (6).
El Inti Watana fue precisamente una de sus construcciones a base del Sukanqa, así lo indica Garcilazo de la Vega.
Estableció y determino que Qosqo seria el eje administrativo, “El Obligo del Mundo Andino".
Organizado el primer equipo de investigadores o buscadores de la información como los "Tukuyrikuq" y un ejercito de tipo piramidal.
Así en el campo militar Pachakuteq, lega a las generaciones venideras la forma de triunfar en una guerra, anticipándose al enemigo, infiltrando sus filas, dividiendo y sobre todo conquistando por intromisión de las ideas.

Pero una de las mayores contribuciones del Gran Inka Pachakuteq fue precisamente el "Servicio Militar movilizable" (terminología castrense) con el objeto de mantener a sus hombres perfectamente entrenado en el arte de la guerra. Por ello ordenó que durante la ejecución de los trabajos de campo o de otra índole, se intercalaran sesiones de adiestramiento militar consistentes en simulacros de combate con hondas, lanzas, arcos mazas, hachas y el empleo de la rodela, además en un acto de magnanimidad ordeno recordar a través de fiestas grandes a los guerreros anteriores (operación psicológica) a sus antepasados quienes orlados de Oro y riquezas fueron depositados en el Qorikancha Esta fue la obra del "gran reformador", pero y sobre todo heredo a sus generaciones la lucha abierta contra la mentira, la falsedad, la mendicidad, y la abierta posibilidad de llevar adelante la lucha sostenida por el cumplimiento de nuestros ideales, y así fue:

La unificación de pueblos. Naciones y etnias en América del sur se realizaba imponiendo el mismo Idioma, una misma religión, un mismo estilo de vida, sustentada en el trabajo, esta contribución ha servido para resistir todo el genocidio de los invasores españoles, ha servido para que diferentes generaciones desde los Manco inca, Rumi Ñahui, Cahuide, Vila Uma, Inquill Inca, Cori Atao, Suri Huallpa, Ronda Yupanqui, Pumacahua, Tupac Arnaru, y en mas de mil batallas resistan, hasta los momentos actuales de lucha contra una globalización excluyente o un TLC destructor de nuestras economías, por todo ello ha llegado en momento de la unidad de nuestras naciones Quechua Aymaras y Amazónicos; he iniciar la nueva Reestructuración del Estado, construyendo la nueva gran nación macroregional del Sur.

Como en el tiempo del Gran Pachakuteq, ha llegado la hora de la lucha contra toda la corrupción que corrompe la unidad de nuestros pueblos, es el momento de levantar las banderas de la segunda reestructuración de nuestra sociedad, es el momento oportuno ante la podredumbre y fracaso de la centralista Lima y sus políticos, recobrar nuestra autonomía, y levantar la Gran Macro Región del Sur (diez departamentos), ante el fracaso estrepitoso de los partidos tradicionales debemos de exigir y conquistar nuestro derecho a gobernar, la segunda reestructuración de La Sociedad es responsabilidad de los pueblos actuales de las naciones Quechua, Aymará, amazónico, ese es nuestro desafió y estaremos llanos a cumplirlos, premunidos del Llankay, Yachay, Munay y seguros que el triunfo nos espera, como a sus leales sucesores y seguidores de los mandatos de nuestros gloriosos antepasados.


BUSCANDO UN ESTADO DEMOCRATICO, NACIONALISTA Y REVOLUCIONARIO

Entre los grandes desafíos en los actuales momentos de globalización, desorden y anarquía, nosotros creemos en la necesidad de construir un Estado Democrático que promueva, respete y proteja la vida y dignidad de los seres humanos por igual, Implementando los mecanismos orientados a contrarrestar aquellas formas de inequidad que atentan contra una sociedad que aspira a ser justa y solidaria.

En este sentido, resulta imperiosa la necesidad de emprender la gran reforma estructural del estado, con el objeto de consolidar la plena vigencia de un Estado Social y Democrático de Derecho, políticamente descentralizado (Macroregiones).

En consecuencia, el Estado Democrático ejercerá sus funciones de manera eficiente, profesional, transparente y siempre al servicio de la ciudadanía y el bien común.

Por tanto, creemos en un Estado Democrático regulador y arbitro de las dinámicas y conflictos sociales, estando el aspecto económico comprendido dentro de ellas, respecto al cual el estado desempeña un rol preponderante, frente a la actividad privada que respeta, y se reserva la posibilidad de participar de manera directa cuando circunstancias estratégicas, de desarrollo nacional así lo exijan.

El Estado Democrático promoverá prioritariamente el acceso de todas las personas a la información, a una educación de calidad, gratuita, generalizada y sostenida, a la salud y al trabajo digno. Del mismo modo, promoverá la participación de los ciudadanos y sus diversas iniciativas, en especial de las que permitan la participación de los sectores populares en el marco de sus estrategias de desarrollo.

Por tanto, el estado democrático brindara todos aquellos servicios básicos que garantizan el desarrollo integral de los ciudadanos; e implementará políticas públicas orientadas a contrarrestar las inequidades sociales, procurando las condiciones para el desarrollo de una vida digna, a fin de que todas las mujeres y hombres tengan la posibilidad de realizar sus proyectos de vida.

El Estado democrático implementará políticas de desarrollo desde una perspectiva integral, dentro del marco de una visión concertada de proyecto nación.

En este sentido, proponemos un modelo de desarrollo participativo que reconozca la dimensión cultural, económica, social y político - institucional del mismo modo, orientado al bienestar individual y colectivo.

Esto implica la promoción, respeto y protección de los derechos y deberes de los individuos, y naciones así como la objetivación de fines y principios para la comunidad política en su conjunto, que fortalezcan nuestra identidad nacional.

El Estado Democrático promoverá a través de políticas públicas y transversales, la abolición de prácticas discriminatorias, la formación de ciudadanos líderes, críticos, creativos, solidarios, respetuosos de la vida, libertad y dignidad de los individuos, y de los intereses colectivos, así como el desarrollo de una cultura democrática, participativa, dialogante y tolerante.

Desde esta perspectiva, la educación en todos sus niveles es para nosotros el principal elemento para garantizar el desarrollo sostenido de nuestras naciones, por lo que ocupará un lugar prioritario en la ejecución de las políticas públicas, en este marco se encuadra nuestra intención de desarrollar una verdadera revolución educativa, Tecnológica y al mismo tiempo productiva.


NUESTRO NACIONALISMO

Los diversos pueblos y naciones que vivimos en el territorio Peruano estamos unidos por diferentes vínculos: Históricos, religiosos, culturales, lingüísticos y sobre todo un pasado milenario de gran esplendor, que paulatinamente ha sido desvirtuado, ignorado y en mucho de los casos conscientemente aislado a nombre, de una modernidad, globalización, tecnología, al que agregan en estos tiempos el TLC; contrariamente a tales actitudes provenientes de los detentores del poder, in surgen las diversas naciones desde los andes y con la fuerza del trabajo imponen y demuestran inventiva, sacrificio, disciplina, creatividad y se constituyen en los pilares fundamentales del desarrollo de los pueblos y naciones y consiguientemente del país, en tales circunstancias nunca jamás deberán repetirse ni ser mas ignoradas ni dejadas de lado las naciones de los andes, ha llegado el momento de la reivindicación del pasado de trabajo, del presente de construcción y cambio, es el tiempo de las nacionalidades, Quechua, Aymarás y amazónico.

El nacionalismo que propugnamos es el sentimiento que une a pueblos y naciones en tiempo de globalización, buscamos el derecho a un respeto de sus símbolos, sus tradiciones y a una organización propia sin Intervención exterior, el derecho a seguir su propio destino.

Partimos por comprender que una Nación es una comunidad históricamente constituida que tiene afinidad territorial, económica, cultural y lingüística. La Nación nada tiene que ver con razas o el color de la piel de los ciudadanos, por estos hechos reclamamos la autonomía y construcción de la GRAN MACROREGION DEL SUR.

La Sociedad Inka es uno de los cinco grandes focos de nacimiento de cultura en el mundo, donde el hombre domesticó el difícil medio ambiente, aportó el bronce, dominó el frío, preservó para el mundo los camélidos andinos, desarrollo la agricultura y la ganadería de altura y construyó un identidad absolutamente original en idioma, folklore y creencias. La sociedad naciente de este proceso es la Nación quechua-aymara-amazónico. Nuestras Naciones han sido históricamente discriminada por el Estado colonial y republicano que no sólo ha desconocido y despreciado sus manifestaciones sociales y culturales y nuestros idiomas, sino que ha promovido un modelo económico que explota nuestros recursos y a nuestra mano de obra a favor del capitalismo central a cambio de destrucción.

Este modelo económico y político monopólico y excluyente basado en el desarrollo de la costa y en los productos de exportación costeños y en el abandono de la agricultura y la ganadería de la Sierra, ha impedido el desarrollo productivo y el bienestar social. Su consecuencia ha sido sumir en la pobreza a la inmensa mayoría de la población obligando a migrar por miles a Lima, Arequipa. Norte, Centro, etc. a la vez que ha empobrecido nuestro campo.

Hoy este modelo se ha modernizado pero bajo sus mismos principios excluyentes. Se promueve la producción para la agro exportación y se sigue privilegiando a la costa, mientras que se descuidan nuestros cultivos andinos y se depreda nuestra riqueza genética.

Por ello, la auténtica modernización del Estado, de todo el país, pero de los andes del Cusco en lo particular, pasa por la recuperación de la capacidad de decisión sobre su futuro a las regiones. No es, como se quisiera creer, un simple problema técnico u operativo, sino una profunda necesidad política a cuya solución va aparejada la suerte futura de todo el Perú.

Ha llegado el momento de la construcción de la GRAN MACROREGION DEL SUR, sobre la base de las nacionalidades Quechua -Aymará-Amazónico, y la irrestricta defensa de nuestros idiomas, nuestras identidades, nuestras riquezas naturales y la libertad de negociar beneficiando a nuestros pueblos y naciones por ello exigimos y conquistaremos una autonomía plena en todos los niveles




DESCENTRALIZAR, PARA CONSTRUIR LA GRAN MACROREGION DEL SUR


La descentralización debe ser un proceso permanente, dentro de una estrategia integral de desarrollo, es decir, como un instrumento que contribuirá al desarrollo económico, social y político - institucional del país.

La descentralización implica la reestructuración total del Estado (En macroregiones, sobre la base de los pueblos y naciones del territorio) y el acercamiento del poder (capacidad de tomar decisiones que afectan a todos los integrantes de pueblos y naciones en lo económico, político, económico y cultural que orientan su camino al desarrollo) a la población. Así descentralizar el país tiene como uno de sus fundamentos democratizar sustancialmente nuestra nación (cómo lograr, cómo consolidad y como extender el uso del poder), toda vez que requiere la participación de los pueblos y naciones para atender las necesidades de las regiones posibilitando el desarrollo sostenido de las mismas, haciéndose dueños de sus propios destinos.

Creemos que la descentralización del país debe ser política y no meramente administrativa, lo cual implica la creación de entes de gobierno intermedio entre el gobierno central y los gobiernos locales, los cuales estarán dotados de autonomía

Entre los elementos fundamentales del proceso de descentralización, se encuentra la determinación del área territorial sobre la que van a ser erigidos los nuevos entes de gobierno intermedio. Estos deberán constituirse sobre la base de criterios económicos, sociales, históricos y culturales, como garantía del desarrollo integral del país.

La determinación clara de competencias asignadas a los distintos niveles de gobierno (central, regional, local), así como el establecimiento de los mecanismos de coordinación entre los mismos, serán el soporte institucional del proceso de desarrollo dentro del marco de una Gran Macro Región, verdaderamente democrático y descentralizado.

Deberán establecerse mecanismos de control que garanticen la autonomía de las regiones y que resuelvan los conflictos competenciales que puedan surgir. Aquí es importante tanto mecanismos institucionales de control, así como la participación activa de pueblos, naciones, sociedad civil en los procesos de rendición de cuentas de los gobernantes a los gobernados.

La descentralización política del país, buscará maximizar la distribución del poder acercándolo a los ciudadanos, de tal suerte que estos participen en sus decisiones y controlen sus arbitrariedades, al mismo tiempo que posibilitará resolver de manera más eficiente los problemas locales. En este sentido, es que requiere de una reforma del estado que implemente una nueva estructura administrativa y de gobierno, que haga posible el desarrollo integral de las comunidades del país de manera democrática y participativa dentro del marco de una estrategia Integral de desarrollo.


Es el preámbulo de la construccion de la unidad de los países de sud América en un nuevo pensamiento de unidad que considere a Mariátegui, Bolívar y los grandes pensadores de América del Sur Unida, su concreción partirá del fortalecimiento de las relaciones con los países de la región, promoviendo fa formación de un bloque económico continental, reconociendo las diversas dimensiones del proceso de globalización en marcha, cuyas características deben de priorizar lo humano.

Es obligación del Estado Democrático supervisar el adecuado uso de nuestros recursos naturales, de tal manera que sean explotadas en beneficio de toda la comunidad. Es derecho de la población contar con un medio ambiente sano en el cual pueda desarrollarse y crecer, Y en este sentido es deber del estado democrático proteger nuestra diversidad biológica, como medio y forma de garantizar el respeto del derecho al desarrollo integral de la población, así como para preservar nuestras riquezas naturales, y patrimonio de nuestras naciones y culturas. Por tanto, la perspectiva del uso adecuado de los recursos naturales para el desarrollo sostenible e integral de las naciones se incorporará en la elaboración y ejecución de las políticas públicas,



ANTE EL DESORDEN Y LA ANARQUIA DE LA OFERTA Y LA DEMANDA; LA PLANIFICACION DEMOCRATICA Y PARTICIPATIVA.


El Estado político burgués es la expresión jurídica de su sociedad civil, aunque bajo la forma relativamente autónoma que reviste su cielo especulativo en el que el Derecho burgués dice constantemente ser la realización jurídica de la libertad, aunque estrictamente unido en la práctica social a su naturaleza económica, la cual implica lo que realmente es el Estado: La coartada legal del interés privado.

Así el cuerpo jurídico que porta consigo el Estado político representa, desde un punto de vista humano, lo que hay de virtud y de enajenación en la sociedad burguesa: la igualdad de todos los hombres ante la ley y la competencia económica más desaforada del individuo frente al resto de los individuos; la libertad jurídica del individuo ante el Estado y la desigualdad humana más profunda. De este modo la verdad de la ley no es otra que la exclusiva verdad del hombre abstracto, reconstruido ideológicamente por el Derecho burgués dentro del contexto socio histórico de las sociedades capitalistas.

Para resumir estas ideas se puede añadir que frente a las concepciones abstractas del Derecho burgués que buscan restringir a la cosa pública frente al interés individual y su peculado, ya se dijo existe la libertad, la planificación de un futuro, a no perder el derecho de forjar un mundo mejor, por ello no hay que olvidar que.

Las llamadas libertades capitalistas pueden, sin duda, habilitar jurídicamente al hombre para el constante ejercicio de su interés privado, pero la libertad entendida como el derecho humano a la honradez económica y al constante ejercicio de la sinceridad política pertenece, por su propia esencia, a la siempre preterida realización histórica de la condición humana.

Precisamente esa libertad jurídica de interés liberal burgués, ha llegado al colmo de instalar en la constitución del país la “necesidad” de seguir un camino de explotación, y de tener al estado a su servicio.

El capitalismo, como modelo económico de crecimiento elegido desbocadamente desde el Gobierno del Genocida Fujimori, ampliado por Toledo y profundizado por el Apra actualmente en el Perú y aplicado en la mayoría de las naciones sudamericanas durante el siglo XX, lleva en si mismo el germen de la destrucción al necesitar para su desarrollo el consumo incesante de combustibles fósiles. Para su desarrollo necesita mano de obra, combustibles, energía, materias primas, transporte de las mismas y sus productos terminados, algunos productos terminados necesitan asimismo consumir más energía para seguir funcionando, por ello asumen como camino el NEOLIBERALISMO, la oferta y la demanda, el caos y la anarquía.

En Proyecto Pueblo tenemos la convicción, que la riqueza producto del trabajo, debe generarse a partir de la elaboración de estrategias, de planificación (democrática y participativa) que contemplen el crecimiento económico en los ámbitos local y macroregional (en lugar de una caótica oferta y demanda), en armonía con los intereses nacionales, La reforma del Estado, el fortalecimiento de nuestras instituciones y el proceso de descentralización política (Macroregiones), que forman parte de la estrategia para la consecución del desarrollo económico e integral del país.

El Estado democrático que planteamos alentará el desarrollo de mercados internos, capaces de satisfacer la demanda local, al mismo tiempo que promoverá aquellos sectores con capacidad de competir en mercados externos.







TITULO I

DE LA NATURALEZA: AMBITO, DOMICILIO, FINES Y FINALIDAD


Art 1º El Movimiento Macro regional “Proyecto Pueblo”, en concordancia con la Constitución Política del Perú y normas legales pertinentes, es persona jurídica con todos sus derechos conforme a ley


Art 2º El Movimiento Macro regional “Proyecto Pueblo”, tiene una duración permanente e indeterminada, desarrolla sus actividades en el Ámbito macroregional, provincial, Distrital, Comunal en forma descentralizada, mediante organismos partidarios que gozan de autonomía administrativa, en sus respectivas jurisdicciones. Su sede principal de coordinación Macroregional está en el Cusco, pudiendo rotar de acuerdo a las circunstancias y a sus necesidades. Su actual domicilio legal esta ubicado en el Jr. Pumacahua Nro 155 de la provincia del Cusco.


Art 3º El partido garantiza la libertad de opinión para la crítica, autocrítica y mutuocritica, la que se ejerce dentro de los organismos del partido. Los militantes sujetaran su conducta a los principios ideológicos, doctrina la moral y ética del partido. Las transgresiones y sanciones las prevé el Reglamento general de Disciplina.


Art 4º El símbolo del partido es una “P” seguida de las palabras proyecto pueblo, y de fondo muestra una arbitraria pinta roja con inclinación a derecha, El emblema es toda bandera roja y blanca en la que se alternan las formas, estilos y combinaciones, etc.


Art 5º El quórum requerido para la celebración de las sesiones que celebren los diferentes organismos del partido, no podrá ser inferior a la mitad mas uno , de los integrantes de los organismos correspondientes.


Art 6º Los fines del El Movimiento Macro regional “ Proyecto Pueblo”, son los contenidos en su Ideario cuyo texto es parte integrante de este Estatuto, como titulo preliminar.


TITULO II

DE LOS MILITANTES


Art 7º Proyecto Pueblo es un partido cuya composición y vitalidad interna se fundamenta en la incorporación y participación consciente, libre, voluntaria e igualitaria de hombres y mujeres comprometidos en su condición individual, quienes constituyen el principal activo del partido. El sujeto de derechos y deberes partidarios es la y el militante.


Art 8º Son militantes los ciudadanos que soliciten su afiliación al partido, llenen la ficha que al efecto se llevará y sean admitidos por las autoridades partidarias, entendiéndose que es aceptada si dentro de los quince días de presentada su solicitud, no fuera expresamente rechazada por el organismo partidario competente.


Art 9º Al afiliarse el ciudadano se adhiere a los principios, bases de acción política, a este Estatuto y a la ley vigente que regula la materia lectoral y partidaria.


Art10º Los militantes ejercerán la Dirección, Gobierno y fiscalización del Partido, según las disposiciones del Estatuto, la ley y la de los órganos partidarios que la formen.


Art 11º La militancia se extingue por renuncia o expulsión. Serán los organismos partidarios competentes los que resuelvan sobre la materia, según el Estatuto y las disposiciones legales pertinentes.


Art 12º Son militantes del partido aquellas personas que cumplan las siguientes disposiciones:

Respetar el estatuto, reglamentos y acuerdos emitidos por los diferentes organismos del Partido.
Asistir y colaborar en las labores derivadas en el Estatuto o bien, lo que las estructuras del partido promuevan.
Contribuir económicamente de acuerdo con las posibilidades, para sufragar los gastos del partido.
Ejecutar las tareas que les sean encomendadas en las diferentes instancias estructurales del partido.


Art 13º Se perderá la calidad de miembro del partido:

Por renuncia voluntaria al partido.
Cuando sin causa justificada no cancele por seis meses la cuota económica partidaria establecida en el reglamento interno.
Por participar en candidaturas a cargos públicos por otro partido político, o por participar activamente en su impulso y promoción.
Por promover e abstencionismo en las elecciones internas del partido.
Por fallecimiento.
Cuando el tribunal de ética haya emitido resolución de expulsión del partido.
Cuando por sentencia judicial se pierdan los derechos políticos del ciudadano o ciudadana.


TITULO III

DE LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS MILITANTES.


Art 14º Todos los militantes tienen los mismos derechos y obligaciones. Ningún afiliado o grupo de afiliados podrá atribuirse la representación del Partido, de sus órganos o de otros afiliados si no están facultados para ello según las disposiciones de este Estatuto y las Leyes.


Art 15º Son Derechos de los militantes del Partido los siguientes

Participar en las discusiones y planificación de estrategias en la fijación de los planteamientos del partido frente a los problemas nacionales a fin de que se canalicen por los conductos regulares, acatando en todo momento los principios de la democracia.
Hacer la observaciones que el militante considere necesario para el buen funcionamiento del partido, en el tiempo, lugar y con oportunidad necesaria; entendiéndose como falta grave las que se logran fuera de las estructuras del partido
Aceptar cargos directivos dentro del partido cumpliendo con lo que los reglamentos y manual de funciones, así lo dispongan.
Ser respetado y respetada en toda situación, incluso en minoría.
Emitir el voto en las discusiones de acuerdo con las normas democráticas que rigen el partido
Ser propuesto por el partido para los cargos de elección popular en sus jurisdicciones, siempre y cuando tenga por lo menos un año de militante, se hará la excepción en aquellos casos que por razones de interés provincial, lo decida la Asamblea Provincial del partido, de los miembros presentes y siempre que el propuesto se compromete con los principios doctrinarios e ideológicos del partido.
El partido reconoce y garantiza a sus militantes en armonía con sus normas y fines los siguientes derechos: Capacitación integral, azoramiento, defensa, acreditación, asistencia, promoción y el uso racional de la infraestructura física y servicios del Partido.
Recibir periódicamente información oportuna, precisa y veraz de los organismos de dirección del Partido.
Participar de los programas de formación política, ideológica y técnica que desarrolle el partido.
Obtener informes de las autoridades partidarias y sus representantes en cargos públicos sobre cualquier aspecto de su gestión, sin más trámite que una solicitud escrita, que deberá ser resuelta en un plazo no mayor de quince días hábiles luego de recibido la solicitud.
Los militantes en el exterior tienen los mismos derechos que los residentes en el Perú
Todas las demás que les sean reconocidos por este estatuto y el orden jurídico.


Art 16º Los militantes tienen el derecho de presentar, individualmente o en conjunto, proyectos de interés jurisdiccional y macroregional para ser considerados por la Asamblea jurisdiccional y eventualmente ser desarrollados ya sea por el partido o por sus representantes electos que ocupen puestos públicos. La Asamblea jurisdiccional conocerá y resolverá sobre todos los proyectos que presenten los afiliados y deberá dar respuesta escrita al interesado sobre su resolución en un plazo no mayor de treinta días hábiles.


Art 17º Son Obligaciones de los militantes

Están obligados a observar los principios, bases de Acion Política, estatuto, Reglamentos y las leyes de la republica, sobre todo los que resultaren electos para ocupar cargos públicos.
Deberán mantener la disciplina partidaria cumplir con las disposiciones de sus organos de direccion.
Votar en las elecciones internas cuando corresponda.
Contribuir de acuerdo a sus posibilidades, a la formación del patrimonio del partido y el desarrollo de sus actividades.
En el caso de representantes en diversos organismos públicos en representación del Partido deberán aportar porcentualmente al partido (10% mes)
Combatir toda clase de corrupción, sin importar la esfera, fuerza política o económica en que se realice.
Defender la unidad del partido alrededor del cumplimiento del programa, las plataformas y la carta de principios y objetivos del partido.
En atención al inmenso valor de la unidad partidaria y en el marco del libre debate de las ideas, es un deber procurar que las decisiones sean tomadas por unanimidad o por consenso, ya falta de este, la minoría sumirá las decisiones mayoritarias.
Desarrollar una conducta pública y privada, fundada en el respeto y equidad de género, promoviendo a la vez en el conjunto del partido la plena vigencia de estos principios.
Actuar en base a los valores y principios de la ética Inka (Yachay, Llankay, Munay), del y la militante, diferenciándose de la práctica oportunista y mentirosa de los políticos tradicionales.
Todos los demás que les sean determinados por el presente estatuto, los reglamentos del partido y el orden jurídico.


Art 18º El militante que incumpliese lo dispuesto en el articulo precedente, así como los acuerdos, directivas o disposiciones de las instancias partidarias o afectarse la orientación doctrinaria, la línea estratégica y la imagen del partido, podrá ser emplazado ante el Comité de Ética y Disciplina a los efectos que, previo proceso disciplinario, se le imponga la sanción que corresponda, de acuerdo a la gravedad de la falta cometida.


Art 19º Las sanciones a los afiliados podrán ser

Amonestación privada
Amonestación pública
Suspensión de la afiliación por treinta días
Suspensión de la afiliación por seis meses
Suspensión de la afiliación por un año
Expulsión del Partido.


Art 20 Los procedimientos se realizan respetando el debido proceso. La aplicación de las sanciones por las instancias competentes se encuentran contempladas en el Reglamento del Comité de Etica y Disciplina del partido.

Las sanciones serán aplicadas por el comité de Etica y Disciplina, contra ellas cabe recurso de apelación ante la dirección política regional. El plazo para la interposición del recurso de apelación es de cinco días hábiles, contado a partir del día siguiente de la notificación de la resolución por la que se imponen la o las sanciones, no siguiendo necesariamente el orden que se establece en el articulo precedente.


Art 21º Cualquier caso de malversación, apropiación ilicita de los recursos y bienes del partido o comisión de hechos delictivos de carácter doloso, será sancionado con la expulsión, sin perjuicio de iniciar las acciones judiciales correspondientes


TITULO IV

DE LA DEMOCRACIA INTERNA

.

Art 22º La elección de las autoridades y candidatos del partido Proyecto Pueblo, entonos los niveles ,será mediante voto universal, libre, igual, voluntario, directo y/o secreto por los afiliados o militantes, en virtud a las disposiciones del presento Estatuto, Las que establezca la Dirección Política Regional y la Ley de la materia.


Art 23º El proceso electoral para postular a cargos partidarios de orden interno, es realizado por el Comité Electoral Central conformado por cinco miembros, Igualmente para elegir a cargos públicos de elección popular será efectuado por el citado órgano desconcentrado.


El Comité electoral Central (elegido por la asamblea regional) contara con órganos descentralizados también colegiados, que funcionaran en las instancias partidarias a nivel provincial y distrital


Los comités electorales descentralizados contarán también con cinco miembros, tres de los cuales serán elegidos por las respectivas Direcciones Políticas y dos por el comité electoral central, Los comités electorales adoptan sus decisiones por mayoría simple.


Art 24º El Comité Electoral Central del partido Proyecto Pueblo aprueba su reglamento de organización y funciones, en el cual se establecerán los procedimientos para la resolución de las impugnaciones que se formulen, Sus integrantes no pueden postular a ninguna candidatura. Las elecciones internas de candidatos a cargo de elección popular se realizaran entre los doscientos diez (210) y ciento ochenta días (180) calendarios anteriores a la fecha de la elección o como lo disponga la ley.

Los procesos electorales que se organicen al amparo de esta disposición podrán contar con el apoyo y asistencia técnica de la ONPE (oficina Nacional de Procesos Electorales) de acuerdo a la Ley .


Art 25º En la lista de candidatos para cargos partidarios, así como en la lista de candidatos para cargos de elección popular, el numero de mujeres y varones no puede ser inferior al 30% de total de candidatos, salvo que la ley determine un mayor o menor porcentaje. En tales listas se incorporará el porcentaje establecido por ley para los jóvenes (15%), y la presencia de comuneros campesinos de acuerdo a Ley y Lugar.


Art 26º Los órganos de nivel regional desarrollaran sus actividades en un local denominado “Local Central del Partido Proyecto Pueblo” Los órganos de nivel provincial y Distrital y/o zonal- comunal, desarrollaran sus actividades en locales denominados locales de Comité Provincial, Distrital y/o zonal-comunal del partido Proyecto Pueblo, respectivamente, denominaciones a las que se agregará el nombre correspondiente del lugar.


TITULO V

DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL PARTIDO.


Art 27º El partido Proyecto Pueblo, para el cumplimiento de sus actividades partidarias contará con la estructura partidaria siguiente:

Congreso Regional
Dirección Política Regional
Presidente
Asamblea Regional, Provincial
Dirección Provincial, Distrital.


CAPITULO I

DEL CONGRESO DEL PARTIDO


Art 28º El congreso regional es el máximo Organismo de Dirección del Partido. Sus resoluciones y acuerdos son firmes y de obligado acatamiento para los afiliados o militantes y demás organismos del partido.


Art 29º Son miembros del Congreso Regional.

El presidente del partido
Los demás miembros de la Dirección Política Regional
Los secretarios Generales Provinciales y Distritales
Los Secretarios de Organización de Comités Provinciales y Distritales.
El Jefe de Comando Regional de Campaña
El presidente del Comité de Ética y Disciplina del partido
Los personeros ante el Jurado Nacional de elecciones
El presidente regional y los Consejeros Regionales
Los Alcaldes Provinciales y distritales
El Pleno del Comité Ejecutivo de Juventudes.
Los delegados de base elegidos para el efecto, en una proporción de dos por cada 500 votantes del partido.
Los miembros del Congreso Partidario debelan estar debidamente inscritos así como afiliados al partido, tener probada trayectoria democrática y descentralista, y un alto compromiso con los principios y valores que inspiran a todo militante de Proyecto Pueblo.


Art 30º El congreso se reunirá en sesión plenaria ordinariamente cada dos años y extraordinariamente cuando lo convoque la Dirección Política Regional, por decisión de la asamblea plenaria, o convención del Partido.


Art 31º El Congreso Regional es el órgano superior del partido en materia ideologica y programática, Tendra como atribuciones propias.

Revisar y reformar el Estatuto del Partido
Interpretar las normas del Estatuto y hacer las definiciones ideológicas.
Aprobar, modificar, promulgar el Ideario, el Estatuto y el Programa de Gobierno para cumplir la carta de principios consagrados en el Estatuto.
Evaluar la marcha del Partido en el periodo transcurrido desde la última reunión del Congreso, en lo relativo a los aspectos ideológico y programáticos.
Decidir sobre la fusión y alianzas u otro con Partidos Políticos y/o Movimientos.
Decidir sobre la disolución del Partido
Y demás asuntos que el Congreso crea conveniente tratar.


Art 32º El Congreso Regional es Organizado por una comisión que designe La Dirección Política Regional, la que formula oportunamente el temario, el reglamento y las directivas y comisiones propias a las que se sujetara el certamen, el mismo que se realiza en la sede que la Dilección Política Regional señala.


Art 33º El Congreso Regional es presidido por el Presidente del Partido. En ausencia o por impedimento de éste, es presidido por el Secretario General Regional . En ausencia o por impedimento de todos los nombrados, el Congreso Regional es Presidido por quien designe la Dirección Politica Regional. La instalación del Congreso regional se realiza cuando se haya acreditado y se encuentren presentes la mitad de sus miembros hábiles y en segunda convocatoria con los asistentes una hora después de la señalada en la primera convocatoria.

Los acuerdos se adoptan con el voto conforme de mas de la mitad de los asistentes. En caso de empate, el presidente tiene el voto dirimente (doble voto).

Para la modificación del Estatuto se requiere, necesariamente, el voto favorable de por lo menos la mita de los miembros Avilés en el congreso.


CAPITULO II

DE LA DIRECCION POLITICA REGIONAL.


Art 34º La organización de la estructura partidaria regional se basa en la división política de la región y cuanta con la misma cantidad de órganos provinciales. En ciertos casos que la configuración geográfica lo haga pertinente, pueden establecerse órganos sub regionales que permitan una mejor coordinación política partidaria. Estas organizaciones se implementarán de acuerdo a la circunstancias y necesidades.


Art 35º La Dirección Política Regional Es el órgano de gobierno permanente de mayor jerarquía y autoridad en la dirección del Partido, Se reunirá cada dos meses, sólo es responsable ante la Asamblea Regional y el Congreso Regional al que da cuenta del cumplimiento de las resoluciones que de él emanan, de las aprobadas en los plenarios y Convenciones Regionales y de sus propias determinaciones.


Art 36 La Dirección Política Regional es el órgano de gobierno permanente a nivel regional, que esta integrado por:

Un secretario General Regional
Un sub Secretario General Regional
Un secretario Regional de Organización
Un Sub secretario Regional de Organización
Los responsables de los organismos autónomos del Partido
Los Secretarios Generales Provinciales


Art 37º La Dirección Permanente Regional dirigirá el partido cuando no este sesionando la Dirección Política Regional, dará cuenta de sus actuados a la asamblea regional y estará integrado por diez miembros elegidos entre los componentes del Comité Ejecutivo Regional.y un representante de juventudes

El presidente del Partido
El Secretario General Regional
El sub Secretario General Regional
El secretario Regional de Organización
Un Sub secretario Regional de Organización
El Secretario Regional de Capacitación y Formación Política
El Sub Secretario Regional de Capacitación y Formación Política
El secretario Regional de Descentralización y Gobiernos Regionales
El Secretario Regional de la Dirección Política y Doctrina
El secretario Regional de Comunicaciones.
El presidente del Comité Ejecutivo de Juventudes del Partido


Art 38º Corresponde a la Dirección Permanente Regional las siguientes funciones:

Aprobar los lineamientos y las acciones de política del partido
Evaluar planificar los asuntos electorales
Aprobar las declaraciones y los pronunciamientos partidarios
Decidir sobre los problemas que se presenten en la marcha del partido
Dirigir, coordinar, apoyar y evaluar el trabajo de las secretarias provinciales.
Coordinar y evaluar el trabajo de los órganos de los otros niveles de dirección
Elegir al tesorero y al suplente del Tesorero
Evaluar y nombrar a los personeros regionales, Provinciales y Distritales.
Elegir entre sus miembros al: Los integrantes del Órgano Electoral Central, Al presidente del Comité Ejecutivo de Juventudes del Partido, Excepcionalmente se considera para estos cargos a miembros del partido de otro nivel partidario.

Art 39º La Dirección Permanente Regional se reunirá mensualmente, es presidido por el Presidente del Partido. En ausencia o por impedimento de éste, es presidido, en forma sucesiva, por el Secretario General, el Sub secretario Regional. En ausencia o por impedimento de todos los nombrados, es presidido por quien designe la Dirección Política Regional


Art 40º Son funciones del secretario General Regional

Representar al partido Proyecto Pueblo en la Región, luego del Presidente del Partido.
Vigilar el cumplimiento de las directivas del congreso del Comité Político Regional y Dirección Permanente.
Cumplir y hacer cumplir las directivas y decisiones del Presidente del Partico.
Tomas decisiones e impartir directivas para implementar dichos acuerdos, directivas y decisiones.
Dirigir, la marcha del partido, en el marco de este Estatuto y en cumplimiento de los acuerdos y directivas de los órganos de nivel superior.
Convocar y presidir las reuniones de los órganos partidarios que están bajo su responsabilidad, en ausencia del presidente.
Supervisar y apoyar el trabajo político en la región.
Supervisar la seguridad del Partido y sus órganos, disponiendo de los medios y recursos necesarios para tal fin.
Controlar el buen funcionamiento de la organización.
Actuar como vocero del partido en asuntos de alcance regional.
Constituirse en nexo con las autoridades regionales para hacer llegar la posición del partidoen el tema de desarrollo regional.
Las demás atribuciones o facultades que se le otorgue.


CAPITULO III

DEL PRESIDENTE.

Art 42º.- La presidencia es el órgano encargado de la marcha y dirección del partido Proyecto Pueblo, Le corresponde oficialmente representar al partido, en todos los actos en que debe de concurrir. Asimismo, deberá vigilar todas las acciones políticas de partido, en lo referente a sus estructuras y que los acuerdos de las diferentes instancias sean cumplidas.

Art 43º .- Son atribuciones del Presidente del partido:

Representar al partido a nivel regional, nacional e internacional; tiene la personería jurídica del partido
Presidir las sesiones del Comité Político Regional, de los Plenarios del Partido, Convenciones Regionales y demás reuniones orgánicas de otros niveles.
Coordinar y supervisar el rendimiento de las secretarias, comisiones y demás órganos del Partido.
Cumplir y hacer cumplir las normas estatutarias, las disposiciones emanadas del Congreso, Convenciones y de los Plenarios y las del Comité Político Regional. a Ser el representante Legal del Partido con facultades para otorgar mandato a nombre del Partido; formular apelaciones interponer demandas o contestar las que interpongan contra el pueblo.
Ser el Representante legal del Partido, con facultades para otorgar mandato a nombre del Partido; formular peticiones, interponer demandas o contestar las que interpongan contra el pueblo
Abrir y cerrar cuentas del Partido en Instituciones Bancarias o financieras conjuntamente con elñ Secretario General de Economía.
Celebrar acuerdos políticos con otros partidos, con anuencia del Comité Político Regional y previa opinión de la comisión de Ideología y Doctrina, y la comisión política regionalpor la trascendencia de la materia, con anuencia del plenario o una Convención regional.
Delegar alguna de sus atribuciones en militantes del partido, con aprobación del Comité permanete regional.
Ejercer todas las atribuciones que establece la a ley.
Ejercitar las facultades que a todo mandatario confieren las normas legales vigentes sobre poderes Especiales y generales.


CAPITULO IV

DE EL ASAMBLEA REGIONAL Y PROVINCIAL.


Art 44º.- La asamblea Regional Esta constituido Por:

Los miembros del Comité Permanente Regional.
El Presidente del Gobierno Regional del Partido Proyecto Pueblo.
Los Consejeros Regionales del Partido Proyecto Pueblo.
Los Alcaldes provinciales, Distritales y Regidores Provinciales y Distritales del partido. Proyecto pueblo.
Los miembros del partido Proyecto Pueblo que presidan organismos públicos Autónomos de la Región.
Los secretarios Generales Provinciales y Distritales.


Art 45º.- La Asamblea Regional se reúne ordinariamente cada cuatro meses por convocatoria del secretario General Regional, efectuada con un mínimo de cuarenta y cinco días calendario antes del Congreso Nacional

En forma extraordinaria la Asamblea Regional se reúne cuando lo decida la secretaria Regional o lo soliciten dos tercios de los miembros del Comité Ejecutivo Regional o un tercio de los Secretarios Generales Provinciales de la Región.


Art 46º.- Son funciones de la asamblea Regional

Elegir según este estatuto a:
Los Miembros del Comité Ejecutivo Regional
Los candidatos a cargos regionales.
Coordinar con las secretarias Generales Provinciales los temas referentes a plan de gobierno Regional, eventos regionales, cooperación en campaña electoral, trabajo político que involucre todas las provincias y soporte en l coordinación con órganos de línea superiores, entre otras.
Ejercer por encargo explícito de los órganos de línea superiores, actividades de supervisión política en los diferentes órganos y niveles del partido en la región.
Elegir entre sus miembros a los componentes:
del Comando Regional de Campaña
Presidente y comité de Ética y Disciplina
Excepcionalmente se nombrará en las responsabilidades señaladas a un miembro del partido de otro ámbito o nivel partidario.


Art 47º.- La asamblea Regional será presidida por el presidente del partido o en sus ausencia de éste, el secretario general Regional o, el Sub secretario General Regional, en ausencia de ellos por quien designe el Comité Ejecutivo Regional.


Art 48º.- La asamblea Provincial esta constituida por:

Los miembros del Comité Ejecutivo Provincial.
Los Alcaldes Provinciales y Distritales del Partido Proyecto Pueblo de la Provincia.
Los miembros del Partido Proyecto Pueblo que dirijan, organismos públicos autónomos o instituciones privadas importantes de la provincia.
Dos representantes del Comité Ejecutivo Regional
Los secretarios Generales Distritales.
Los Regidores Provinciales del partido Proyecto Pueblo
Los regidores Distritales del partido Proyecto Pueblo.


Art 49º.- La Asamblea Provincial se reúne ordinariamente cada dos años por convocatoria de la Secretaria General Provincial, efectuada con un mínimo de cuarenta y cinco días calendarios antes del Congreso Nacional.

En forma extraordinaria la Asamblea Provincial se reúne cuando lo decida la Secretaria General Provincial o lo soliciten dos tercios del total de Secretarios Generales Distritales.


Art 50º.- Son funciones de la Asamblea Provincial:

Elegir según este Estatuto a:
Los miembros del Comité Ejecutivo Provincial.
Los candidatos a las alcaldías y regidurías.
Determinar los lineamientos básicos para el trabajo político en la provincia, siguiendo las directivas y decisiones de los organismos de nivel Regional.

Art 51º.- La asamblea Provincial será presidida por el Secretario General Provincial o, en ausencia de este, por el Sub-Secretario General Provincial, en ausencia de ambos, por quien designe el Comité Ejecutivo Provincial.



CAPITULO V

DE LA DIRECCION PROVINCIAL

Art 52º.- El Comité Ejecutivo Provincial o Distrital es el órgano de Gobierno Permanente a nivel Provincial i Distrital, que esta integrado por:


El Secretario General Provincial o Distrital.
El Sub-Secretario General Provincial o Distrital
El Secretario Provincial de Actas y administración.
El Secretario Provincial de Organización y Logística
El Secretario Provincial de Doctrina y Política
El Secretario Provincial de Comunicaciones y Asistencia Social.
El Sub-Secretario Provincial de Comunicaciones y Asistencia Social.
El Secretario Provincial de Economía
El Sub-Secretario Provincial de Economía.
El Secretario Provincial de la Mujer y Desarrollo Humano.
El Secretario Provincial de Juventudes
El Sub-Secretario Provincial de Juventudes
El Secretario Provincial de Programa de Gobierno
El Secretario Provincial de AAHH y/o Campesinos.


Art 53º.- Son funciones del Secretario General Provincial:


Coordinar todo el trabajo y la relación con los organismos del partido garantizando la efectividad del trabajo político en su jurisdicción.
Representar al Partido Proyecto Pueblo En la provincia o Distrito.
Dirigir los órganos partidarios de nivel Provincial o Distrital
Implementar las directivas de la Dirección Regional, Provincial.
Evaluar el trabajo de los órganos partidarios a nivel Provincial o Distrital.


Art 54º.- Al secretario Provincial de Economia se le asignará el control de todo lo relacionado con el movimiento económico de Ingresos y Egresos del Partido de acuerdo a la normatividad legal.


Art 55º,. Al Secretario Provincial de Economía deberá entregar informes económicos completos trimestralmente, excepto en el periodo de campaña Política que los hará mensualmente al Comité Ejecutivo Provincial. El secretario Provincial de Economía deberá remitir copia de los informes económicos a los niveles e instituciones correspondientes de acuerdo a Ley.


Art 56º.- El Comité Ejecutivo Provincial o Distrital Establecerá las funciones complementarios o especificas de acuerdo al cargo, las que se darán cuenta a las instancias superiores.



CAPITULO VI

DE LA DIRECCION DE NIVEL DISTRITAL O ZONAL


Art 57º.- La organización partidaria en los niveles Distrital y/o zonal se basa en la estructura y funciones señaladas en este estatuto, para el nivel provincial, con las modificaciones que sean necesarios en razón de las características propias de cada localidad o jurisdicción. Los Comités Zonales constituyen las instancias territoriales de base del Partido Proyecto Pueblo. La composición, competencias y funciones, así como mecanismos de designación y normas especiales aplicables serán establecidos por el Comité Ejecutivo regional.


Art 58º.- La creación de instancias territoriales de base a nivel zonal corresponderá a los comités Ejecutivos Distritales en su respectiva jurisdicción, luego de cumplidos los requisitos de organización y militancia, dando cuenta a su correspondiente Comité Ejecutivo Provincial.



TITULO VI

DE LOS ORGANOS DESCONCENTRADOS Y ASESORAMIENTO


Art 59º.- Integran la estructura del Partido Proyecto Pueblo los órganos autónomos o desconcentrados siguientes:

El tribunal de Ética y Disciplina
El Comité Electoral Central.
El Comando de Campaña
La Dirección de Juventudes.
Su composición, niveles, competencias y funciones se establecen en sus respectivos reglamentos, que serán aprobados por la Dirección Política Regional, con cargo a ser ratificados por el Congreso del partido.


Art 60º.- La composición, niveles, competencias y funciones se establecen en sus respectivos reglamentos, que serán aprobados por la Dirección Política Regional, con cargo a ser ratificados por el Congreso del partido.


CAPITULO I

DEL TRIBUNAL DE ETICA Y DISCIPLINA


Art 61º.- El partido por medio de su asamblea regional, nombrará un Tribunal de Ética conformado por res a cinco miembros de reconocida solvencia moral quienes duraran en sus cargos cuatro años y que podrán ser reelectos por un periodo más. Sus miembros podrán ser removidos por la asamblea regional, por votación de la mitad mas uno de los presentes; Cuando se demuestre parcialidad en sus fallos, o cuando teniendo interés el integrante no se excusare del conocimiento del asunto, o cuando violen de alguna forma el reglamento que rige las actuaciones y procedimientos de este tribunal.


Art 62º.- Las funciones del Tribunal de Ética son:

Nombrar entre sus integrantes un presidente y un secretario, el primero presidirá sus sesiones y el segundo llevará las actas.
Tramitar y resolver, las denuncias que se hagan contra los miembros del partido, sean en su carácter personal, integrante de un organismo partidario por violación del presente Estatuto, la moralidad y solidaridad entre los miembros del partido, cuando tales hechos causen perjuicio individual o colectivo a otro miembro o la organización partidaria.
Dictar circulares y advertencias sobre normas éticas y conducta que deben seguir los miembros en ejercicio de la función pública.
Cualquier otra que le encargue la Asamblea Regional.


Art 63º.- El Tribunal de Utica al recibir una denuncia contra algún miembro del partido observará las siguientes normas básicas de procedimiento:


Calificar, rechazando o admitiendo la denuncia, si cumpliera o no con los requisitos formales de presentación y se sujete a alguna violación sujeta a su investigación, otorgar una audiencia de quince días al denunciado luego de notificado, para que ejerza su derecho de defensa y presente sus pruebas de descargo, recibidas las pruebas de ambas partes les otorgará una audiencia final, de diez días para que expongan sus ultimas argumentaciones, sobre el caso, el procedimiento observado y cualquier otro punto de interés para la resolución final, vencido el plazo anterior y dentro de los ocho días siguientes dictará una resolución motivada e impondrá la sanción que corresponda por mayoría de votos. Los miembros que discrepen del voto mayoritario podrán presentar un informe de minoría justificado.


Art 64º.- Las decisiones del Tribunal de ética y Disciplina tendrán los recursos de revocatoria, ante ese mismo órgano, y el de apelación, ante la Asamblea regional, que deberán ser interpuestos en forma concomitante si así lo desea el interesado. Ambos recursos deberán presentarse por la parte afectada en el plazo de tres días hábiles, luego de notificadas. El de revocatoria, el Tribunal lo resolverá dentro del plazo de cinco días y en caso de rechazarlo elevará al conocimiento de la próxima Asamblea Regional el recurso de apelación, órgano que en forma definitiva confirmará o rechazará lo resuelto por el Tribunal por votación calificada de los miembros presentes.


Art 65º.- El miembro que haya sido suspendido quedará rehabilitado en todos sus derechos una vez cumplido el plazo por el que fue suspendido. Quien fue objeto de cesación de cargo podrá ocuparlo nuevamente una vez cumplidos dos años desde la imposición de la sanción, siempre y cuando haya mostrado actitud de compromiso con el trabajo partidario. Quien fue sancionado con expulsión podrá solicitar su readmisión ante la Dirección Permanente Regional quien resolverá por votación de la mitad mas uno de sus integrantes, siempre y cuando hayan transcurrido cuatro años de impuesta la sanción y/o hayan sido cumplidas las penas impuestas por los Tribunales de justicia.




CAPITULO II


DEL COMITÉ ELECTORAL CENTRAL


Art 66º.-El partido nombrará por medio de su Dirección Permanente un Comité Electoral Central, conformado por no menos de tres ni más de cinco miembros de reconocida solvencia moral quienes durarán en sus cargos dos años, pudiendo ser reelectos por una sola vez. Sus miembros podrán ser removidos por la Asamblea Regional, por votación de la mitad mas uno de los presentes, cuando se demuestre parcialidad en sus fallos, o cuando demuestren interés en alguno de los precandidatos o integrantes de alguna plancha que en cualquier tiempo participen en una elección para cargos internos o públicos, o cuando violen de alguna forma el reglamento que rige sus actuaciones y procedimientos. Sus miembros no podrán participar en ninguna elección dentro del Partido Proyecto Pueblo durante el periodo que dura la gestión. El Comité Electoral Central propone al CER las normas para la realización de los procesos electorales. Dichas normas deben respetar los principios éticos, de equidad y democráticos, facilitando que tanto las mayorías como las minorías al interior del Partido puedan ser representadas adecuadamente.


Art 67º.- Requisitos: Los militantes del Partido deben cumplir con los siguientes requisitos generales para poder elegir y ser elegido en cualquier elección interna que se realice en el Partido:

Encontrarse al día con sus cotizaciones al momento de una votación. Se considera que un afiliado o afiliada se encuentra al día en sus cotizaciones cuando ha cumplido con pagar la cotización correspondiente al mes anterior a la fecha de la convocatoria de la reunión o acto en donde se procederá a la elección.
Participar activamente en alguna instancia del Partido.
Cumplir con los requisitos de antigüedad mínima y otros establecidos por las normas electorales aprobadas por la Dirección Permanente Regional.


Art 68º.- Las funciones del Comité Electoral Central de Elecciones Internas son:

Nombrar entre sus integrantes un presidente y un secretario, el primero presidirá sus sesiones y el segundo llevará las actas.
Elaborar y someter a votación su Reglamento y las Reformas a éste cuando así lo requiera, ante la Asamblea Regional, donde estipulará todo lo concerniente a aspectos organizativos, requisitos de los aspirantes, plazos electorales, normas de propaganda, etc. Que den seguridad jurídica a los interesados en las elecciones.
Cualquier otra que le encargue la Asamblea, o el Comité Ejecutivo Regional.


CAPITULO III


DEL COMANDO DE CAMPAÑA


Art 69º.- El Partido nombrará por medio de su Dirección Permanente un Comando de Campaña Central, conformado por no menos de siete miembros no mas de diez con conocimientos fundamentales en relación a marketing político, estrategia de campaña y demás, excepcionalmente se considerará la presencia de un especialista en la materia, su actuación estará limitada a tiempos determinados por el nivel correspondiente.


CAPITULO IV


DE LA DIRECCIÓN DE JUVENTUDES


Art 70º.- Se crea la Sección Juvenil del partido, para el desarrollo del trabajo Estudiantil, para promocionar la participación de los jóvenes en la vida interna del mismo. Elaborará su propio estatuto y reglamentos, así como la elección de sus órganos, ajustándose a los principios políticos y de organización del presente estatuto, si bien aquellos serán refrendados por los órganos de dirección del partido. Podrá afiliarse cualquier joven mayor de 25 años de edad y menor de 15. Los afiliados serán también afiliados del partido cuando alcancen la mayoría de edad, adquiriendo los derechos y deberes conforme a lo establecido en los presentes estatutos.


Art 71º.- La sección Juvenil Estudiantil establecerá las estructuras pertinentes en relación a la edad de la juventud participante o nivel educativo de los participantes.



TITULO VII

DEL REGIMEN PATRIMONIAL Y FINANCIERO


Art 72º.- El régimen patrimonial y financiero del Partido Proyecto Pueblo responde a los principios de transparencia y solidaridad. Los aportes podrán ser públicos y privados, dentro del marco establecido por la legislación de la materia, tales como:


Las cuotas y los aportes de inscripción.
Las cuotas y los aportes ordinarios mensuales de sus militantes, de acuerdo a lo que fijen las instancias partidarias pertinentes.
Las cuotas y los aportes extraordinarios de sus militantes, de acuerdo a lo que fijen las instancias partidarias pertinentes.
Los ingresos provenientes de sus actividades económicas y los rendimientos procedentes de su propio patrimonio.
Las donaciones y legados que reciban y en general cualquier prestación en dinero o especie que obtengan.
Los créditos que pudiera concertar.


Art 73º.- La recepción y el gasto de los fondos partidarios son competencia exclusiva de la secretaria de economía. A tales efectos, deben abrirse en el sistema financiero las cuentas que resulten necesarias. El acceso a dichas cuentas está autorizado exclusivamente al Tesorero. La designación y, en su caso, la remoción y/o sustitución del tesorero así como de su suplente, estará a cargo del Comité Ejecutivo regional.


En cada nivel de la organización partidaria, el respectivo secretario de economía, será responsable de llevar l contabilidad de ingresos y gastos, así como de elaborar los Estados Financieros. El secretario de economía Regional consolidará la información contable y financiera de todas las instancias y niveles de la organización partidaria.


Art 74º.- El Secretario General de cada nivel de la organización partidaria deberá presentar ante la Asamblea Ordinaria el plan de acción, el presupuesto, la memoria y el balance correspondiente a cada periodo.


Art 75º.- Los afiliados que asuman cargos públicos por el partido, deberán aportar permanentemente al partido, durante todo el periodo de su mandato, un porcentaje de sus ingresos; así como todos aquellos afiliados que señale el reglamento de Economía Partidaria.



TITULO VIII


DE LOS ORGANOS DE APOYO


Art 76º.- La composición, competencias y funciones, así como mecanismos de designación de la Oficina de Administración General, Tesorería y Oficina de Imagen Partidaria, Consejo Asesor y de otros órganos de apoyo, serán establecidos por el comité Ejecutivo Regional, al Igual que sus reglamentos.


Art 77º.- Los militantes miembros del Consejo Asesor serán seleccionados de entre personas que hubieran formado parte de organismos de Dirección del Partido, que hubieren desempeñado cargos públicos, de personalidades políticas y cuadros profesionales o técnicos militantes del partido.


Art 78º.- Corresponde al Consejo Asesor


Examinar permanentemente la situación política, económica y social del país y recomendar líneas de acción a la Dirección Permanente Regional.
Hacer propuestas a la Dirección Permanente Regional de programas de acción;
Asesorar al Comité Ejecutivo Regional ya la Dirección Permanente Regional en asuntos económicos, políticos y Sociales del País.
Presentar informes al Comité Ejecutivo Regional y ejecutar las tareas que le delegue expresamente la Dirección Permanente Regional.
El Consejo Asesor podrá convocar a sus reuniones a cualquier miembro del partido que por sus responsabilidades están vinculados a la temática objeto de discusión lo mismo que a especilistas, técnicos y personalidades amigas del partido.


TITULO IX


DE LA DISOLUCION DEL PARTIDO


Art 79º.- Corresponde al congreso Regional del Partido Proyecto Pueblo decidir sobre la disolución, integración, y/o fusión del Partido, a propuesta de la Dirección Política Regional, con el voto favorable de un mínimo de dos tercios del número de sus miembros.


DISPOSICIONES TRANSITORIAS


PRIMERA.- El Comité Ejecutivo Regional electo en el Primer Congreso Regional del partido Proyecto Pueblo, y los secretarios Regionales, Provinciales, Distritales y/o zonales, ejercerán por esta y única vez sus cargos por el término de tres años.


SEGUNDA.- En un plazo no mayor de 100 días de iniciaran el proceso de elección de dirigentes a nivel Regional, Provincial, Distrital y/o Zonal.


TERCERA.- Cuando la descentralización territorial se vertebre a partir de la demarcación Regional, con la creación de nuevas regiones, la organización del partido Proyecto Pueblo podrá adecuar su estructura a dicha demarcación, creándose los organismos y adoptándose las medidas que correspondan por la Dirección Política Regional, con cargo a dar cuenta en el congreso del partido, a los efectos de la ratificación o modificación respectiva.


CUARTA.- Por única vez y en forma excepcional autorícese a la presidencia del Partido para que en coordinación con el Comité Ejecutivo regional, pueda presentar y suscribir cualquier documento, modificación o acta que fuere necesario para culminar el proceso de adecuación del partido a la ley de Partidos Políticos.


DISPOSICIONES FINALES.

Los electos a cargos partidarios deberán presentar al Comité Ejecutivo Regional una declaración jurada de bienes y rentas al inicio y final del mandato. Déjese sine fcto cualquier disposición distinta a esta versión Estatutaria.

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